Estimados colaboradores,
La nueva Instrucción número 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se regula el procedimiento para otorgar el permiso de viaje fuera de territorio nacional
para menores, de carácter inmediato, establece que "los menores de 18 años, no acompañados o en compañía de terceras personas que no sean sus representantes
legales (progenitores o tutores), en viajes no nacionales, precisarán además del DNI o Pasaporte, una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio
nacional. El formulario podrá ser obtenido en las unidades operativas de la Dirección General de la Policía, y de aquellas otras que ésta determine, de las de la
Dirección General de la Guardia Civil, de los Juzgados, de las Notarías y de los Alcaldes."
En el caso de los menores extranjeros residentes en España, sus representantes legales, deberán acudir a sus autoridades consulares para cumplimentar la documentación que proceda conforme a su legislación nacional.
Ver declaración de permiso de viaje para menores o personas con capacidad modificada judicialmente.
Ver instrucción sobre permiso de viaje para menores o personas con capacidad modificada judicialmente.
Atentamente,
Grupo VDT